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  • Consulta : 249051
  • Autor : Rosario Navarro
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  • Autor
    Respuesta No: 370548

  • Rosario Navarro
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    (Resumen de Actividades)

    Lea el Código Civil en el apartado de matrimonio, del parentesco, juicio sucesorio intestamentario, concubinato, reconocimiento de paternidad y alimentos

    La primera esposa si solo se separaon y no se divorciaron, es aun su esposa y tiene todos los derechos sobre todos  los bienes de su marido, los cuales puede reclamar para ella y para sus hijos aun que sean mayores de edad a traves de juicio sucesorio intestamentario a bienes del de cujus. La segunda mujer, si no estaba casada, no genera ningun derecho, porque recuerde que para que exista el concubinato deben haber convivido como matrimonio por lo menos durante 5 años o haber tenido un hijo en común, pero lo principal es que ambos esten libres de matrimonio y el de cujus no lo era. Por lo cual, la segunda mujer no podrá registrar a su hijo a nombre del señor ya que no cuenta con acta de matrimonio y el señor estaba casado al momento de morir