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  • Consulta : 248351
  • Autor : Diego Valero
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  • Autor
    Respuesta No: 370109

  • Diego Valero
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si renuncias la persona a la que le debes alimentos podría denunciarte por abandono (si no le das el equivalente a la pensión y COMPRUEBAS haberlo hecho) por lo que sucede con la empresa tu abogado necesita ver a detalle el concepto y forma en que te descuentan el adeudo pero me da la impresión de que no van a poder extinguir el adeudo.