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Fecha de respuesta: Martes 18 de Noviembre de 2014 14:50 2014-11-18 14:50 desde IP: 189.128.201.12
Si renuncias la persona a la que le debes alimentos podría denunciarte por abandono (si no le das el equivalente a la pensión y COMPRUEBAS haberlo hecho) por lo que sucede con la empresa tu abogado necesita ver a detalle el concepto y forma en que te descuentan el adeudo pero me da la impresión de que no van a poder extinguir el adeudo.
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