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Fecha de respuesta: Martes 18 de Noviembre de 2014 22:46 2014-11-18 22:46 desde IP: 189.217.15.206
Sólo asegúrese de celebrar el contrato ante notario público, pagando la totalidad del inmueble y dado el caso del fallecimiento de la vendedora, entonces podrá demandar el otorgamiento y firma de escritura a la sucesión.
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