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  • Consulta : 247509
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 369645

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si usted renuncia voluntariamente, legalmente solamente le corresponde el pago de la prima de antigüedad, consistente en 12 días por año de servicios, la que se paga con un salario máximo equivalente a 2 veces el salario mínimo general del área geográfica en que presta su servicio, así como las partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo.