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Fecha de respuesta: Jueves 06 de Noviembre de 2014 12:23 2014-11-06 12:23 desde IP: 189.211.135.22
Si usted renunció voluntariamente, solamente tiene derecho al pago de las vacaciones y prima vacacional correspondientes al cuarto año de servicios, así como las vacaciones y prima vacacional proporcionales a los 6 meses laborados después de cumplirlos, y a la parte proporcional de aguinaldo 2014.
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