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  • Consulta : 247256
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 369528

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si usted renunció voluntariamente, solamente tiene derecho al pago de las vacaciones y prima vacacional correspondientes al cuarto año de servicios, así como las vacaciones y prima vacacional proporcionales a los 6 meses laborados después de cumplirlos, y a la parte proporcional de aguinaldo 2014.