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Fecha de respuesta: Martes 04 de Noviembre de 2014 19:54 2014-11-04 19:54 desde IP: 189.225.0.80
Si la valuación es un 5% no le corresponde pensión, lo que procedería serìa una indemnización cuyo monto sería el equivalente a cinco anualidades de la pensión que hubiera correspondido, es decir el 5% del 70% de su salario de cotización mensual, multiplicado por 60.
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