- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 246998
- Autor : ABOMAU68
- Consultas en Foro: 2
- Respuestas en Foro: 2423
- Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3654
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 369444
-
Fecha de respuesta: Martes 04 de Noviembre de 2014 21:20 2014-11-04 21:20 desde IP: 201.141.112.26
Es propietario del inmueble la persona que aparezca en el Registro Público de la Propiedad de su Estado, su tio debe contratar un abogado para tramitar la sucesión de su señora madre y posterioemnte el abogado le indicara que pasos se deben seguir para escriturar a su nombre el inmueble.
-
Autor