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AutorRespuesta No: 369163
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Fecha de respuesta: Miércoles 29 de Octubre de 2014 17:26 2014-10-29 17:26 desde IP: 148.240.200.106
Como el usuario Permalink afirma, ellos no pueden anular el contrato de trabajo por esa razón, solo por las contempladas en el articulo 47 de la Ley Federal del Trabajo o por mutuo consentimiento de las partes, por lo que usted puede ir a la Junta de Conciliación y Arbitraje para solicitar que se le instale en el trabajo o que se le indemnice por el importe de tres meses de salario.
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