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  • Consulta : 246549
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 369160

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Los contratos de trabajo no son anulables; una vez firmados, obligan a ambas partes a lo que en ellos quedó establecido.

    En su caso, si la empresa no le ha pagado el salario en el lugar i tiempo convenidos, ha incurrido en una causal de rescisión de contrato sin responsabilidad para usted, lo que le da derecho a reclamar el pago de una indemnización constitucional y legal así como otras prestaciones derivado del incumplmiento del patrón a pagarle el salario.

    Acuda inmediatamente a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo; ni importa que usted no tenga copia del contrato de trabajo.