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  • Consulta : 246035
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Usted no debió firmar, bajo ninguna circunstancia, el pagaré que menciona, ni tampoco presentar su renuncia.

    Lo anterior que, con independencia de que no menciona las circunstancias en que ocurrió el accidente que causó los daños al carrito de golf, la reparación del mismo era responsabilidad exclusiva del patrón.

    Acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo y solicite le asignen a un abogado de oficio, y explíquele a él detalladamente lo que aquí no menciona.