Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 245992
  • Autor : garovalo
  • Consultas en Foro: 34
  • Respuestas en Foro: 23202
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 7463
  • : 76 %
  • : 23 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 368874

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    los pagos que haya hecho,,,, no le dan derecho a nada... y para hacer cualquier juicio... debes tener documentada la causa del origen de la posesión... y esta te la da el dueño... si ya murio... el reclamo tendria que ser a sus herederos... los que al saber que son dueños de algo... lo van a pelear... tu abogado sabe que hacer....