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  • Consulta : 245977
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 368850

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Usted debió elaborar el contrato de arrendamiento por escrito y requerir que su arrendataria lo firmara ANTES de que entrara en posesión del inmueble; si no lo hizo, entonces el contrato de arrendamiento que pactó es verbal, lo que le exigirá, en caso que la inquilina incurra en algún incumplimiento, a demostrar la existencia del conrato y las cláusulas que hayan convenido, por lo que necesitará asistirse de un abogado especialista en Derecho Civil para que la asesore y, en todo caso, si existe alguna causal para rescindir el contrato, iniciar el juicio correspondiente.

    Por lo pronto, en tanto no existe una sentencia ejecutoriada dictada por un Juez en el procedimiento respectivo, tendrá que permitir que la arrendataria siga ocupando la finca.

    No se le ocurra impedirle que lo haga, ni introducirse a la localidad arrendada o tratar de sacar sus pertenencias, porque entonces estará incurriendo en el delito de despojo de inmueble, que se sanciona con pena de prisión.