Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 244954
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 8785
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3654
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 368032

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Evidentemtne es ilegal. Eso lo hacen porque durante tres años la Suprema Corte desconoció la calidad de autoridad a la empresa de clase mundial, pero a partir del 27 de agosto del 2014 regresó al criterio original y por lo tanto vuelve a ser procedente el juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Deberá exhibir su contrato de arrendamiento y oponer como agravio el claro devío de poder. Puede acudir a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. Sólo tenga cuidado de los coyotes y "abogados" sin chamba que se anuncian en este foro de asesoría gratuita publicando datos de contacto.