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  • Consulta : 244513
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 367548

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Con independencia que su esposo sea o no el padre biológico del niño, el lo reconoció como tal y, en consecuencia está obligado a proporcionarle alimentos y convivir con el menor, pues legalmente, es su hijo.

    Solamente en el caso que el verdadero padre biológico lo demandara a él y a la madre por el desconocimiento de la paternidad, entonces sería en dicho juicio en donde tendría que llevarse a cabo la prueba pericial en materia genética, y de su resultado, si se determina que su esposo no es el padre, sino el actor, el Juez, en la sentencia, girará oficio al Oficial del Registro Civil ante quien se levantó el acta de nacimiento, para que se hagan las anotaciones marginales y se asiente el verdadero nombre del padre biológico, quien en virtud de la resolución del Juez, será quien deba dar alimentos y convivir con el niño.