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  • Consulta : 243973
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 367218

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si los pusiste en posesion y ... Recibiste el pago... No hay promesa de compraventa... Es una compraventa... Y si no han escriturado... La venta no se ha concretado en el registro público... Por tanto... Esta a tu nombre... Y quien tiene facultades para hacer pagos... De impuestos.... Isr... Traslado de dominio... Eres tu... Y quien puede pedir los permisos de construccion eres tu... Lo visble es escriturar... Para que esos pagos los hagan ellos y puedan sacar sus permisos...