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AutorRespuesta No: 367026
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Fecha de respuesta: Jueves 02 de Octubre de 2014 19:02 2014-10-02 19:02 desde IP: 189.234.145.60
si.. si puede... demandar la pension... a no menos del 50% de tu salario... sean o no tus hijos... los reconociste...
la casa... la puedes dar a tu hija del primer matrimonio... en usufructo vitalicio para ti... y nuda propiedad para ella... y ella puede pedir que lancen de ese domicilio a la concubina... tu abogado y tu notario saben que hacer...
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