Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 243432
  • Autor : raulcadena
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 6188
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 7463
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 366826

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Debe pagarle 3 meses de salario por concepto de indemnización constitucional;

    12 días de salario por cada año de servicios prestados, por la prima de antigüedad;

    10 días de vacaciones por el terer año de servicios, más la prima de antigüedad, que es el 25% de esos 10 días;

    2 días de vacaciones, correspondientes al período laborado del 15 de julio al 28 de septiembre de 2014, más 1/2 día de la prima vcaconal;

    12.5 días de aguinaldo proporcional al año 2014.

    Le recomiendo que acudan a la Junta de Conciliación y Arbitraje y soliciten la elaboración de un convenio fuera de juicio, a fin de dar por terminada la relación laboral, en el que se indique que usted, como compensación por la prestación de sus servicios, le pagará la cantidad que resulte de las prestaciones ya señaladas.