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AutorRespuesta No: 366631
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Fecha de respuesta: Domingo 28 de Septiembre de 2014 00:32 2014-09-28 00:32 desde IP: 189.217.3.78
Efectivamente Usted no puede pagar lo que quiera, sino los ejercicios fiscales vencidos, de los más antiguos a los más recientes junto con los accesorios que son la actualización y recargos. Lo más recomendable es firmar un convenio de pagos con la Secretaría de Finanzas a efecto de evitar multas, el Procedimiento Adminsitrativo de Ejecución y gastos de ejecución.
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