Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 243203
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 8785
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 4412
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 366631

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Efectivamente Usted no puede pagar lo que quiera, sino los ejercicios fiscales vencidos, de los más antiguos a los más recientes junto con los accesorios que son la actualización y recargos. Lo más recomendable es firmar un convenio de pagos con la Secretaría de Finanzas a efecto de evitar multas, el Procedimiento Adminsitrativo de Ejecución y gastos de ejecución.