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Fecha de respuesta: Martes 23 de Septiembre de 2014 16:22 2014-09-23 16:22 desde IP: 189.211.135.22
Los días de descanso obligatorio, comúnmente llamados festivos, no se usan; se disfrutan con pago de salario íntegro; y en los casos en que por las actividades de la empresa no pueden suspenderse las actividades, patrón y trabajador se ponen de auerdo para que éste los labore, entonces tiene derecho a recibir como pago por ese servicio, el 200% de su salario, además del salario normal del día.
Si trabajó días de descanso obligatorio sin que le pagaran el 200% de su salario y no reclamó el pago dentro del año siguiente, la acción para reclamarlo prescribe.
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