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AutorRespuesta No: 366248
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Fecha de respuesta: Lunes 22 de Septiembre de 2014 21:47 2014-09-22 21:47 desde IP: 189.217.17.78
Se llama servidumbre de paso y debe demandarlo ante un Juez,. En el procedimiento se deberá determinar si procede una indemnización al dueño del predio sirviente y cuánto. Necesitan de abogado especilaista en la materia, pero mucho cuidado con los coyotes incluso de este foro que se anunuciam publicando datos de contacto en las ocnsultas.
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