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Fecha de respuesta: Lunes 15 de Septiembre de 2014 12:21 2014-09-15 12:21 desde IP: 189.163.237.197
Hola buen dia.
No debe usted perder de vista el delito que contempla el codigo penal "Delito contra la filiacion de las personas" que palabras mas palabras menos señala que se improndrá de tanto a tanto de prision y de tanto a tanto de multa a a quien impongaa un menor una filiacion que no le corresponde."
esto debe tenerlo bien presente para cuando formule la demanda para no incurrir en dicho delito....que de hecho ya se cometio por parte de la pareja de la difunta... pues al margen que sea la ultima voluntad de un moribundo, ésta no puede obligar a la comision de un delito A NADIE y si a sabiendas que él no es el padre ...lo hizo... ha incurrido ya en ese delito y por el tiempo que ha transcurrido AUN NO PRESCRIBE y seguramente será sujeto a proceso.
Que hacer entonces? ... DEMANDAR NULIDAD argumentando el engaño. Esto es... en la demanda señalar que la madre en agonia señaló en su lecho de muerte que el padre de la menor era (la actual pareja) circunstancia que escucho la reconocida y por lo cual aceptó el reconocimiento. Sin embargo y luego de la muerte de la madre... y ante la sospecha de que no hay razgos fisicos que les caracterice se hicieron una prueba de ADN y detectaron que no son padre e hija ...invocaran el engaño por parte de la difunta y conjuntamente firmarán la demanda de nulidad... en este caso se demanda al representante de la sucesión y al Oficioal o Juez del Registro Civil.
Saludos
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