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  • Consulta : 241640
  • Autor : rosa isela
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    Respuesta No: 365466

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si el padre biologico no h dado asistencia a las menores la señora o tu "amiga" debe demndar la perdida de la patra potestad y luego su nueva pareja debera adoptarlas plenamente pero si el padre biologico o por quien registro primero si da cabal cumplimiento con la pension y con la convivencia con laas menores q mejor tu amiga y su nueva pareja se queden con las ganas o cometeran un delito contra la filiacion de las personas