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  • Consulta : 241383
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 365254

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Antres que el amparo, ahora con el nuevo criterio de la Suprema Corte, que aunque no ha sido publicada sí fue firmada, puede demandar ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, la nulidad del ajuste de facturación, el problema es que cuenta o contaba con quince días hábiles a partir de que le notificaron el ajuste.