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AutorRespuesta No: 365170
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Fecha de respuesta: Lunes 08 de Septiembre de 2014 14:03 2014-09-08 14:03 desde IP: 187.140.7.43
lo que tienen que hacer es protocolizarse y lo del registro, el Codigo de Comercio tiene reformas en cuanto al registro de los actos, y la ratificacion del administrador no se registra, articulo 19 del Codigo de Comercio
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