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  • Consulta : 241110
  • Autor : Ariel Raul
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  • Autor
    Respuesta No: 365120

  • Ariel Raul
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Lo único que puede demandar es la rescisión del acontrato por incumplimiento, no entiendo como es que sigue viviendo alli si tiene tantos problemas con su arrendador, la ventaja de rentar es que se puede ir a donde más le parezca, en cambio que en es dueño para cambiarse primero tendría que vender, le recomiendo que si ya no esta a gusto cambie de domicilio ya que dentro de las obligaciones del arrendador no esta en darle gusto a cada inquilino en lo que le pide sería un cuento de nunca acabar, su obligación es de darle el inmueble en condiciones habitables más no en condicionar sus acciones de los demás o las suyas.

    Saludos 

    Lic. Ariel Reyes