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Fecha de respuesta: Viernes 05 de Septiembre de 2014 08:51 2014-09-05 08:51 desde IP: 189.163.195.76
como ya se lo informó el colega que antecede NO PUEDE SER ENCARCELADO por deudas de caracter puramente civiles.... no obstante, ello no implica que el adeudo exista... y que de estimarlo el banco pueda llevar a cabo acciones de recuperación del adeudo a traves de embargos a bienes de su propiedad SI IMPORTAR que usted tenga 65 años y este enfermo del corazón.
Espero que esto ultimo no sea la escusa para no pagar porque de ser asi.... porque no recordó que tenía 65 años y estaba enfermo del corazon el dia que pagaba con la tarjeta las compras realizadas?
Saludos
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