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AutorRespuesta No: 363548
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Agosto de 2014 23:57 2014-08-21 23:57 desde IP: 189.244.7.36
Usted mismo se responde....el cuarto (dia 14) es el quinto y el quinto (dia 15) es el sexto y asi....desde luego esos dias de suspension son sin goce de sueldo...y si la persona no es conveniente para la empresa, opte por rescindir el contrato con su respectiva liquidacion de ley y listo..
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