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AutorRespuesta No: 363969
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Fecha de respuesta: Martes 26 de Agosto de 2014 20:00 2014-08-26 20:00 desde IP: 201.152.215.59
Lic. Primus Tribunus.
Es verdad, pase desapercibida la trascripcion del articulo del Codigo Penal que hace el forista Obed, debida cuenta que similar al Codigo Penal de SLP, solo que la tipificacion del Delito es diferente, ya que el Codigo Penal de Michoacan señala Abuso de Confianza y en San Luis Potosi, Fraude.
Por lo que entonces se deuce que el delito cometido por el Abogado en cuestion es: ABUSO DE CONFIANZA.
Saludos.
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