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  • Consulta : 238811
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 363171

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    saludos... alejandro... no hay delito o cosa que se le parezca... y menos con la poca... escasa o nula información proporcionada por la consultante... no hay abuso de confianza... si reconoció que no realizo el trabajo y dio un documento... dejo de ser penal a partir de ese momento... para volverse civil... la simple expedición de una promesa de pago... deslinda el delito... y mientras no se intente la acción civil de cobro... para lograr el pago o el cumplimiento de la obligación de dar o de hacer... no hay delito en ello... tampoco hay fraude... ya que la consultante no nos dice bajo que causas conoció la abogado... si este es abogado... si ella lo busco... si el le ofreció los servicios... si era necesario el juicio de amparo... si se gesto la demanda... si la firmo... si se presento o no dicha demanda... a que materia refería... el dar un VALE... no causa daño penal... y desde luego... no es delito fiscal o cosa que se le parezca... por tanto no hay delito alguno o cosa que así amerite llamarse..ñ no hay un nexo causal y una dañada intención reconocida... para que proceda... debe ser una conducta dolosa... no hay delito culposo en materia patrimonial... pasante... deberías de abstenerte de dar consulta... si no vas a defender tus puntos... y a señalar la causa o concausa que limita la conducta... si faltan datos...ara responder... cosa de la que siempre se queja alejandro... no deberias intervenir... es molesto siempre ver que hay alguien que le tira a los compañeros... pero que no da ninguna consulta... ninguna respuesta... ninguna solución... y en este caso no la hay... porque no hay datos... saludos...