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AutorRespuesta No: 362393
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Fecha de respuesta: Martes 05 de Agosto de 2014 00:37 2014-08-05 00:37 desde IP: 189.180.236.114
Arenas72_13:
A mi parecer el delito de extorsión, para su actualización requiere de la violencia física o moral: "A quién sin derecho obligue [...]", esto es, a través de la violencia moral puede "obligarse" a la víctima a realizar u omitir una conducta; entonces, la determinación de no pago del riesgo actualizado por parte de la aseguradora carece de sustento. Usted puede pedir directamente a la oficina de siniestros de la aseguradora la información correspondiente, de no recibirla puede interponer una queja tanto en la Comision Nacional de Seguros y Fianzas y también ante la Condusef más cercana a su centro laboral.
Resulta muy complicado para el trabajador demostrar que efectivamente se estuvo en una extorsión y muy fácil para la parte patronal hacer el descuento correspondiente, por lo que deberá asistir a la defensoría de oficio de la Junta Local de Conciliacion y Arbitraje que le corresponda, pues ante el descuento debe la empresa demostrarle a usted la negativa de pago de la aseguradors; y por puro sentido común quedarse o no en la empresa no resulta una condición cierta para que lo demanden o no, es mejor estar un paso adelante, Saludos
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