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Fecha de respuesta: Martes 05 de Agosto de 2014 01:55 2014-08-05 01:55 desde IP: 189.241.223.139
Hola, primero tengo que mencionar que el contrato de arrendamiento es un acuerdo de voluntades, es decir, no pueden obligarlo a algo que no este de acuerdo, por la narracion yo supongo que el arrendador solo protegio la existencia de un contrato sin plazo a uno con plazo, y lamentablemente si usted ya firmo el contrato, solo habra que cumplirlo.
Dado que la ley exige que uno cumpla a lo que se obligo, el hacer consignacion del pago en fechas posteriores a las señaladas en el contrato, puede generar el motivo de rescision del contrato por parte del arrendador.
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