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AutorRespuesta No: 362214
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Fecha de respuesta: Sábado 02 de Agosto de 2014 15:48 2014-08-02 15:48 desde IP: 187.199.145.48
Lic. Estrada:
Francamente su respuesta es confusa cuenta habida que el consultante manifiesta que el procesado se abstuvo de apelar para "...acogerse al beneficio...(de la condena condicional)".
Es decir, que el consultante explica que el procesado se conformó con la sentencia, es decir, que el procesado consintió el acto (sentencia) que el consultante pretende impugnar.
¿¡¿Como está eso de que usted implica que los actos consentidos pueden ser motivo de impugnación?!?
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