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  • Consulta : 237595
  • Autor : LIC ESTRADA
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  • Autor
    Respuesta No: 362572

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Claro y ahora si muchos de los abogados ya entenderemos mas, pues en efecto no habia planteado bien el problema y que es lo que pretendia. en primer momento los recursos los han perdido, por una sencilla razon usted tramito un  incidente de adecuacion de pena...y eso fue justamente lo que hicieron adecuarle la pena, basados en la Ley mas favorable.. que he de suponer se basaron en el estudio de personalidad y en la cuaestion que el delito es de hecho no autor... y hasta ahi..esta correcta la resolucion.. yo no insistiria. mas, por ese lado... pues recuerde promovieron un incidente de adecuacion de pena.... no de violacion a derechos sustantivos....ya me entendio..¡¡¡¡¡¡, y usted sigue alegando violaciones procesales, lo cual es incorrecto pues eso jamas tendra efecto de acto Inconstitucional, sino solamente una reposicion de procedimiento.....suerte.

    LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail

    cel. 55 43442775. Asesoria en linea por medio de what saap.