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AutorRespuesta No: 361131
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Fecha de respuesta: Viernes 25 de Julio de 2014 15:28 2014-07-25 15:28 desde IP: 201.141.97.206
Si el padre de sus hijas no aporta pensión alimentaria, pudiera Usted demandarle la pérdida de la pratria potestad (de la hija reconocida) y una vez logrado ésto entonces su esposo pudiera adoptarla. En cuanto a la menor si está registrada como madre soltera, entonces su esposo puede reonocera siempre y cuando Usted no estuviera casada con el padre biológico.
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