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AutorRespuesta No: 360167
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Julio de 2014 09:38 2014-07-18 09:38 desde IP: 189.211.135.22
Se duele usted que otra persona a quien usted señala como el anterior "novio" del niño con el que expresamente y sin ambajes usted manifieta haber tenido relaciones sexuales, no obstante usted es mayor de edad, que haya hecho pública su ilícita conducta, sin ponerse a pensar que quien en realidad está cometiendo un delito es usted?
Y no se trata de discriminación, ni de ataques a su conducta de homosexual la circunstancia que, al ser usted mayor de edad y sostener una relación sexual con un menor de edad, los padres del niño puede presentar en su contra la querella correspondiente ante el agente del Ministerio Público por el delito de estupro o, quizá y hasta en una caso extremo, una denuncia por violación.
Para ser más preciso en mis observaciones, debo decirle que el artículo 130 del Código Penal del Estado de Quintana Roo tipifica el delito de estupro, siendo aquel que consiste en que una persona mayor de edad, por medio de engaño realice cópula consentida con persona mayor de catorce y menor de dieciocho años de edad, se le impondrá prisión de cuatro a ocho años.
Y en su caso, no puede alegar que ese niño haya dado su consentimiento para sostener las relaciones sexuales con usted, pues precisamente dada la circunstancia que no ha adquirido la mayoría de edad, no tiene la capacidad legal para otorgar su consentimiento para ello, precisamente por eso, por ser menor de edad, su consentimiento se encuentra viciado, y si lo expresó afirmativamente ello es resultado de el engaño en que usted lo hizo caer; por tanto, en el mejor de los casos, silos padres deciden proceder en su contra, le espera una pena de cuatro a ocho años de prisión, en la que además, como en el interior de los centros de reclusión, todos los internos conocen los delitos que han cometido quienes son privados de la libertad, puedo asegurarle que, al saber sus tendencias homosexuales, entonces si sabrá lo que es discriminación y, para su desventura, no podrá hacer nada para combatirla, excepto que, a partir de esta fecha, lleve consigo siempre, un frasco de vaselina, que le será de extrema utilidad cuando se ejecute en su contra la orden de aprehensión.
Y el anterior panorama es el menos grave, ya que si los padres del niño deciden presentar una denuncia por violación, y en la integración de la carpeta de investigación existen pruebas que acrediten que las relaciones sexuales que usted, siendo mayor de edad, ha sostenido con ese menor, entonces la pena podrá ser de diez hasta veinticinco años de prisión, con las consabidas consecuencias a que me he referido anteriormente, y que dan lugar a la recomendación que le hago que permanentemente lleve con usted ese lubricante.
Así que sigase quejando de que otra perona hace pública su conducta ilícita; probablemente lo único que conseguirá con ello es que además de la querella o denuncia que los padres del menor presenten en su contra, puedan resular otras pruebas que le perjudiquen a usted, considerando que quizá, alguien de quienes se enteren, le conozcan otras acciones igualmente ilícitas que también derivan en otras querellas o denuncias en su contra.
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