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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Julio de 2014 18:37 2014-07-17 18:37 desde IP: 72.37.171.52
Estimada Desesperada,
En términos sencillos debe acudir al Juagado donde tramitó su divorcio que supongo fue en el Distrito Federal, ya que el Código Civil refiere:
"ARTICULO 114.- La sentencia ejecutoria que decrete un divorcio, se remitirá copia certificada al Juez del Registro Civil para que realice la anotación en el acta de matrimonio correspondiente".
Por lo que únicamente debes verificar si la sentencia ya causó Estado y si fue enviada copia de la misma al Juez del Registro Civil.
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