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  • Consulta : 236062
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 360012

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Con el debido respeto, parece que usted quiere pasarse de listo.

    Usted celebró un contrato de seguro para su automóvil, y en virtud del mismo, el vehículo quedó asegurado con la cobertura que quedó especificada en la póliza; cobertura que, evidentemente, solamente cubre el propio automotor, no los objetos que usted transporte en su interior.

    Suponiendo que el seguro contfratado con usted es de cobertura amplia, el coche quedó protegido contra robo total o de auto partes; daños por siniestros diversos (no nadamás colisiones), como terremoto, inundación, etcétera, así como daños a terceros y la responsabilidad que le resulte a usted de las lesiones o muerte de los ocupantes del auto así como de los que les resulten a los ocupantes de cualqueir otro vehículo con el que usted colisione.

    Obviamente, no es necesario que la póliza especifique que esas pertenencias a las que se refiere no quedan amparadas por el seguro, ya que cualquier persona con un dedo de inteligencia, puede comprender que si se aseguró el vehículo, sólo este, sus ocupantes y el vehículo y pasajeros a quienes cause daños, quedan protegidos.