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  • Consulta : 235988
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 359759

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Usted contaba con en término de quince días para impugnar las multas ya fuera ante el mismo Seguro o ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Admiistrativa, si no lo hizo así, las multas etán firmes y en cualquier momento pueden ejecutarlas mediante embargo. Para la próxima recuerde que las multas se pueden impugnar pero que cuenta con un término de quince días hábiles para ello.