Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 234004
  • Autor : armandoseguridad
  • Consultas en Foro: 2
  • Respuestas en Foro: 80
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3669
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 358374

  • armandoseguridad
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Por favor aclara tu pregunta porque no es muy entendible. A una persona que se Jubila y se pensiona el patron no tiene obligacion de liquidarla como si la despidiera, solamente le daria el finiquito de ley. Pero como no se si es lo que preguntas, por favor replanteala