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AutorRespuesta No: 357270
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Fecha de respuesta: Sábado 14 de Junio de 2014 09:15 2014-06-14 09:15 desde IP: 189.210.253.56
Transcurridos 28 años desde que se dió el abuso sexual al que usted se refiere, es claro que, en caso que existiera la comisión de un delito, la acción penal está prescrita.
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