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  • Consulta : 232196
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 356844

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El propietario es quien aparece como tal en las escrituras en el Registro Público de la Propiedad, lo demás no tiene importancia. Su marido puede vender cuando el quiera. Algunos notarios solicitan la firma de la cónyuge aunque estén casados bajo el régimen de separación de bienes con el único fin de prevenir. Pero si ambos están de acuerdo en vender no veo el menor problema en su asunto.