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  • Consulta : 230609
  • Autor : MEBS
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    Respuesta No: 355688

  • MEBS
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Nuestra Constitución establece en el artículo 16  como garantía que nadie puede ser molestado en su persona, familia, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento de la autoridad que funde y motive la causa legal del procedimiento.

    Para ser detenido se requiere la orden de una autoridad que indique los motivos y los artículos en donde apoye su resolución, de lo contrario están violando tus garantía individual de seguridad jurídica y de libertad. Te sugiero no dar datos y de ser posible antes de que te suban a la patrulla llamar al número de emergencia de tu estado, denunciando el abuso de autoridad o en su caso la privación ilegal de tu libertad.

    Si ya te detuvieron y te presionan para que des dinero a cambio de que no hagan el supuesto aviso, o bien si lo hacen, puedes denunciar ante el M.P., el abuso de autoridad, el cohecho, tal vez se puede configurar la extorsión o la privación de tu libertad, depende las conductas que los patrulleros realicen.

    Cada conducta tendrá sus propias consecuencias porque si en verdad te acusan y eres casado(a), de eso tal vez no te salvas.

    Saludos.