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AutorRespuesta No: 354708
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Fecha de respuesta: Martes 13 de Mayo de 2014 08:45 2014-05-13 08:45 desde IP: 189.210.253.56
En su consulta usted refiere que tiene 9 años de separada de su cónyuge, por lo que no requiere del consentimiento de él para la disolución de su matrimonio, pues puede promover el divorcio necesario, invocando como causal del mismo la contemplada por el artículo 323, fracción XVIII, del Código Civil del Estado de Guanajuato, lugar que usted cita como el de su referencia, consistente en la separación de los cónyuges por más de 2 años, independientemente de cuál haya sido la causa de la separación; por tanto, solamente requiere conocer el domicilio que actualmente habita su cónyuge para que ahí le sea notificada la demanda.
Asístase de un abogado especialista en Derecho Familiar, a fin de que presente la demanda correspondiente, a la que deberá acomañar copia certificada de las actas del registro civil relativas al matrimonio, nacimiento y defunción del menor hijo que se procreó.
En caso de que carezca de recursos para pagar los honorarios de un abogado particular, puede acudir a la Dirección de Representación Gratuita en Materia Civil, en donde previo estudio socioeonómico, le podrán asignar a un defensor de oficio.
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