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AutorRespuesta No: 354554
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Fecha de respuesta: Viernes 09 de Mayo de 2014 13:28 2014-05-09 13:28 desde IP: 187.151.59.253
te suguiero que platiques y acuerden entre los dos a los hijos, de no haber un buen entendido pueden conciliarlo ante un juez en el juzgado civi. La custodia o patria potestad lo puede solicitar el padre solamente del mayor no del menor, pero es muy importante si el menor lo desea porque de lo contrario puede causarle daños psicologicos y esto tiene que entenderlo bien el progenitor.
Por otra parte olvidese de su delegado de colonia, este no es NINGUNA AUTORIDAD y no puede dar fe publica con sus escritos.
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