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Tradicional Foro de consultas
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- Autor : Ochoa, Donis S.C.
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AutorRespuesta No: 354091
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Fecha de respuesta: Sábado 03 de Mayo de 2014 00:22 2014-05-03 00:22 desde IP: 201.141.114.206
Sólo un Juez puede rescindir los contratos mediante sentencia, no es suficiente que en el contrato se señale que el contrato "queda invalidado" por x razón. El problema está en que Usted ha incumplido con su parte del contrato siendo que para poder demandar la rescisión del contrato la parte actora debe demostrar que cumplió con su parte de lo pactado. Tampoco señala la forma de pago y el precio.
Contrate a un abogado especialista en la materia para que una vez revisada la documental con que cuenta, le explique las vías a seguir, incluso el registro de la obra en INDATUR, pero cuidado con cuanto coyote en este foro publica sus dados de contacto en cada consulta.
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