- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 228098
- Autor : Victormiaz
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 384
- Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 4412
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 353821
-
Fecha de respuesta: Domingo 27 de Abril de 2014 11:32 2014-04-27 11:32 desde IP: 189.193.111.240
Buenos dias
Desafortundamente no se puede amparar. Debio de haber contestado la demanda mercantil y dentro del juici oponer las defensas y excepciones que la ley permite, en este caso la excepcion de no haber pactado los intereses y nombrar el perito para desvirtuar los hechos del actor.
Saludos
-
Autor