Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 227030
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 8785
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3654
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 352907

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    ¿En qué reclusorio le dijeron eso? Si Usted no es propietaria del inmueble ya que dice que es "su herencia", carece de acción para demandar nada mientras no denuncie la sucesión y la nombren heredera y además sólo el albacea puede demandar. Ahora que si quiere sacarlo "rapido" como le dicen en el reclusorio oriente, hágalo y el Estado le dará techo y comida por alguno años y no tendrá necesidad de demandar nada.