- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 227030
- Autor : Ochoa, Donis S.C.
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 8785
- Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3654
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 352907
-
Fecha de respuesta: Jueves 10 de Abril de 2014 23:48 2014-04-10 23:48 desde IP: 201.141.107.142
¿En qué reclusorio le dijeron eso? Si Usted no es propietaria del inmueble ya que dice que es "su herencia", carece de acción para demandar nada mientras no denuncie la sucesión y la nombren heredera y además sólo el albacea puede demandar. Ahora que si quiere sacarlo "rapido" como le dicen en el reclusorio oriente, hágalo y el Estado le dará techo y comida por alguno años y no tendrá necesidad de demandar nada.
-
Autor