- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 226591
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3654
- : 76 %
- : 23 %
-
AutorRespuesta No: 352059
-
Fecha de respuesta: Sábado 05 de Abril de 2014 23:50 2014-04-05 23:50 desde IP: 189.234.202.87
ya es cosa juzgada... puedes contratar un abogado...para iniciar un incidente de nulidad de actuaciones sobre juicio concluido... el que no necesariamente vas a ganar...
-
Autor