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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Abril de 2014 23:18 2014-04-02 23:18 desde IP: 189.234.202.87
el... puede ver a su hijo... cuando quiera... convivir con el cuando quiera... y tu no puedes impedirlo...ya lo reconoció y para pensión... si es su deseo no volverlo a ver.. tu nada puedes hacer...ya que es volitivo el convivir... no una obligación...
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