Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 226007
  • Autor : raulcadena
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 6188
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3654
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 350168

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Puede darlo por olvidado, usted disponía solamente de 2 meses, contados a partir del depido, para demandar a la empresa, con independencia que hubiera sido familiares o no los propietarios, o que contaran o no con recursos para liquidarlo, pues finalmente, el derecho de los trabajadores a recibir el pago de sus salarios, prestaciones y liquidación, es preferente a cualquier otro adeudo que tenga el patrón, incluídos el pago de impuestos, cuotas del seguro social, proveedores o cualquier acreedor.